Casona de Santa Rosa en Guanacaste Costa Rica

Reglamento

 

A continuación se muestra el Reglamento 002-07-EXPOTUR de 2008 organizado según sus capitulos:

 

 

 

CAPITULO IV

 

PROMOCIÓN DE LAS EMPRESAS PARTICIPANTES

 

ARTICULO 28

 

a) EXPOTUR no objetará la colocación de mantas de bienvenida en las carreteras o aeropuertos, siempre y cuando cuente con los permisos de las autoridades respectivas. Para la colocación de mantas en los accesos de la sede del evento, se requerirá la autorización previa y expresa de la Junta Directiva. Toda manta deberá llevar el logo de EXPOTUR.

b)  Se permitirá la colocación de vallas de carreteras previo permiso del MOPT, División de Rotulaciones, y tramitado por el interesado.

c)  Todo diseño y texto indicativo en la valla y su colocación, deberá ser previamente aprobado y autorizado por EXPOTUR.

d)  Toda valla deberá llevar el logo de EXPOTUR.

e)  Los souvenirs y regalos deberán estar acordes al evento y al tipo de producto que se ofrece, guardando el debido respeto y consideración a las normas de moral y buenas costumbres. Para su distribución dentro del bolso oficial deberán tener el logo de EXPOTUR.

f)  El área de promoción será la suscrita al área del stand, y las salas previamente solicitadas. (Hospitality Suites)

 

ARTICULO 29

 

Unicamente previa solicitud a/y autorización escrita de EXPOTUR, se permitirá la degustación de bebidas alcohólicas en el área de cada stand, de negociación y exhibición.

 

ARTICULO 30

Responsabilidad de los Organizadores

 

EXPOTUR destinará el personal necesario para inventariar por stand, el material y equipo que coloque cada empresa, desde el día de la inauguración hasta el día de la clausura; lo anterior con el único fin de evitar la salida irregular de objetos de la planta física, brindando así un elemento más de apoyo a la seguridad.

 

En ningún caso EXPOTUR será responsable por defectos de operación en los equipos electrónicos.

 

ARTICULO 31

 

EXPOTUR no se hará responsable de aquellos objetos de valor, que en calidad de souvenirs, se dejen en el stand,

 

ARTICULO 32

 

Los participantes deberán respetar los horarios de ingreso y salida del recinto ferial.

 

ARTICULO 33

 

EXPOTUR hará control estricto de salida y entrada de artículos, inventariados para no alterar el inventario de cada stand, a ese efecto, toda persona participante en cualesquiera de las categorías, podrá ser requerido para revisar sus pertenencias en cualquier momento de su entrada o salida de las áreas comunes.

 

 

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